Existen 3 tipos:
- Confirmatorias: Si una de las dos partes se echa atrás puede exigir el cumplimiento del contrato y/o una indemnización por daños y perjuicios.
- Penales: Garantizan el cumplimiento del contrato. No están reguladas expresamente en el Código Civil español y se equiparan a las obligaciones con cláusula penal. A diferencia de las arras confirmatorias y penitenciales, las arras penales no son un anticipo del precio de la compraventa ni otorgan a las partes la facultad de desistir del contrato principal.
- Penitenciales: También llamadas de desistimiento, cualquiera de la partes puede desistir del contrato. Si es el comprador, perderá el importe entregado, y si es el vendedor, deberá abonar el doble de este.
Un buen agente inmobiliario, llegado el momento, sabrá aconsejarte sobre cuál es la mejor en tu caso.